Resumen:
Una mujer que envía voluntariamente una fotografía suya desnuda a un amigo y éste, sin su consentimiento, la reenvía a la pareja de ella en ese momento. La sentencia que se comenta trata de un tema de actualidad, en el que en una situación como la que estamos viviendo en confinamiento aumenta la práctica del envío imágenes intimas a otros sin saber el riego que conlleva.
Nos podemos referir al envió de este tipo de imágenes como “sexting” en inglés o “sexteo” en castellano, siendo más popular el primero. Esta sentencia supone un gran avance y sirve como protección para personas que se encuentran en una situación similar o posiblemente en casos peores como la extorsión por la difusión de éstas.